Samuel Henríquez denuncia el pago de 800.000 euros en productividades sin justificar

REDACCIÓN  (11-06-2025)

Samuel Henríquez denuncia el pago de 800.000 euros en productividades sin justificar

Samuel Henríquez Quintana, portavoz de Municipalistas Primero Canarias, ha vuelto a denunciar públicamente la persistencia de irregularidades en el reparto de complementos de productividad y gratificaciones en el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana. Según sus declaraciones, el gobierno municipal continúa actuando al margen de la transparencia y de los principios de legalidad presupuestaria.

Durante el año 2024, un grupo de empleados municipales, supuestamente designados directamente por el alcalde y su concejala de Recursos Humanos, habría percibido más de dos millones de euros en concepto de productividad, sin que existan los correspondientes programas de objetivos, evaluaciones individualizadas ni informes técnicos exigidos por el reglamento aprobado por el Pleno. A pesar de haber solicitado el expediente completo desde enero, el alcalde sigue negándose a entregarlo, incumpliendo la Ley de Bases del Régimen Local y el derecho de acceso a la información de los concejales.

La situación se ha agravado hace unas semanas. Mediante la Resolución 2125/2025, firmada por la Concejala Elena Álamo el pasado 16 de abril, se autorizó un nuevo abono de 806.395,36 euros en productividad solo para el primer trimestre de este año y para un grupo de trabajadores. No se han publicado los criterios aplicados, ni la identidad de los beneficiarios, ni los informes técnicos que justifiquen este pago. Henríquez advierte que, si esta práctica continúa, el gasto total podría superar los 2,5 millones de euros en 2025, acumulando pagos a determinados trabajadores elegidos que podría superar más de 4 millones entre los años 2024 y 2025.

El pasado 11 de mayo, el edil Samuel Henríquez volvió a solicitar formalmente el acceso íntegro al expediente que dio lugar a este último pago, reclamando la siguiente documentación: la relación de objetivos previamente establecidos y comunicados al personal, los criterios de evaluación aplicados, los resultados obtenidos en dichas evaluaciones por los trabajadores beneficiarios, la identificación nominal de estos y los informes técnicos que justifican la concesión del complemento de productividad

A ello se suma otro decreto, fechado el 10 de abril de 2025, que autoriza el abono de 72.783,10 euros en gratificaciones extraordinarias, amparado en fórmulas genéricas como “necesidades del servicio” o “ampliaciones de jornada”. El documento no identifica a los perceptores ni detalla las circunstancias concretas del pago. Henríquez se pregunta si estos abonos responden a un incremento real de jornada fuera del horario ordinario, si están debidamente registrados en el sistema obligatorio de control horario, o si podrían suponer una duplicidad retributiva al compensar funciones ya cubiertas por otros conceptos salariales.

Henríquez ha reiterado en múltiples ocasiones que no se opone al abono de complementos de productividad al personal municipal. Al contrario, considera legítimo y necesario que los empleados públicos puedan recibir una retribución adicional por el rendimiento y la consecución de objetivos, pues estos incentivos, que ya se cobran en multitud de empresas privadas y redundará a corto plazo en beneficio de la ciudadanía. No obstante, subraya que este sistema debe construirse con garantías, mediante la definición conjunta con las organizaciones sindicales de unos criterios objetivos, públicos y medibles, así como de un sistema de evaluación del desempeño claro, verificable y accesible para toda la plantilla.

A su juicio, la clave está en que todos los trabajadores conozcan de antemano los objetivos que se les exigen y los indicadores con los que se medirá su cumplimiento, evitando así cualquier tipo de discrecionalidad. Solo si los informes técnicos de evaluación emitidos con transparencia y rigor acreditan el cumplimiento de los objetivos, deberá procederse al abono de la productividad correspondiente, garantizando que todos los empleados que cumplan los requisitos tengan derecho a percibirla en igualdad de condiciones, sin favoritismos, sin arbitrariedad y sin vinculación alguna con afinidades personales o políticas.

Para Henríquez, la productividad no puede convertirse en una herramienta de premio o castigo político, ni en una vía encubierta para el reparto clientelar de fondos públicos. Por ello, exige que el procedimiento esté sujeto a control técnico, fiscalización interna y transparencia activa, de modo que tanto los criterios como los resultados estén disponibles para consulta por parte del personal, la representación sindical y los órganos de control económico y presupuestario

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