Morales exige la retirada de la disposición que permite la instalación de regasificadoras en Canarias

CABILDO (14-05-2022)

Cree que el texto genera inseguridad jurídica y abre la puerta a “todas las posibilidades” 

Morales exige la retirada de la disposición que permite la instalación de regasificadoras en Canarias

El presidente del Cabildo de Gran Canaria, Antonio Morales, ha calificado como “confusa” y de “ambigüedad calculada” la disposición adicional 4 publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy sábado 14 mayo, sobre la instalación de plantas regasificadoras en Canarias.

“La rectificación exigida por las instituciones, por la sociedad canaria, a la introducción de regasificadoras en nuestra tierra, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es de una ambigüedad calculada, un texto absolutamente confuso”, ha asegurado el dirigente insular a través de un vídeo.

Por ello, Morales exige que “el Gobierno de España retire esa Disposición Cuarta, introducida en la Ley de Medidas adoptadas para paliar las consecuencias de la guerra de Rusia contra Ucrania. Este texto incorpora una inseguridad jurídica inaceptable. Abre la puerta a todas las posibilidades”.

“Lo que tiene que hacer el Gobierno es -ya- apostar de una vez por todas por las renovables, eliminar todas las trabas, despejar todos los problemas que existen hoy para introducir la eólica marina, todas las trabas al autoconsumo. Ése es el camino a seguir, no la introducción del gas en Canarias”, concluye el presidente del Cabildo.

El texto de la Disposición adicional cuarta es el siguiente: “Plantas de regasificación ubicadas en el archipiélago canario. Lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 55 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en la redacción dada por la disposición final cuarta del Real decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, se aplicará conforme a los objetivos y fines en materia de transición energética que establezcan, para Canarias, la Administración General del Estado y la administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de sus respectivas competencias”.

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