Mogán actualiza el reglamento municipal del taxi

REDACCIÓN (03-05-2024)

Se adapta el texto a los distintos pronunciamientos de la Ley y recoge las propuestas realizadas por la Cooperativa de Autotaxis del municipio

Mogán actualiza el reglamento municipal del taxi

En la sesión ordinaria del Pleno de Mogán celebrada este viernes 3 de mayo se ha aprobado la modificación del Reglamento Municipal de Transporte para su adaptación a la legislación actual y a la última jurisprudencia, adecuando el texto por razones de eficacia y adaptándolo a distintos pronunciamientos judiciales, así como atendiendo algunas de las propuestas realizadas por la Cooperativa de Autotaxis de Mogán.

La modificación, aprobada por el grupo de Gobierno (Juntos por Mogán) y NC-BC y abstención del PSOE, se ajusta a los principios de buena regulación recogidos  en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública. También a la jurisprudencia reciente recaída en torno a los y las prestadoras del servicio del taxi, de tal modo que sea coherente con el resto del ordenamiento jurídico y principalmente con la legislación específica referida al servicio de taxi.

Así, el artículo 103 se modifica para la eficacia y definición correcta de la documentación necesaria en lo que se refiere a la sustitución de los vehículos de autotaxi, acorde a lo que establece la  Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por carretera de Canarias.

El artículo 104, en el que se recogen las características físicas de los vehículos que ejercen el servicio de autotaxi, se ha apreciado un error de redacción por lo que se modifica para que este no pueda llevar a contradicción en lo que respecta a la transparencia o tintado de los cristales, además de tomar en consideración la dotación de de mayor confort a los vehículos en este aspecto.

Del mismo modo se añaden nuevos apartados en este artículo que recogen, entre otros, que los vehículos deben estar dotados de impresora expendedora de recibos, homologada y autorizada para su utilización en el servicio de taxi; con un sistema de cobro por tarjeta (TPV), pudiendo disponer además de cualquier otro sistema de cobro equivalente electrónico; aire acondicionado y/o climatización; podrán estar equipados con sistema de GPS; podrán ir provistos de una mampara de seguridad de separación entre el conductor y las personas usuarias,  cuyas características sean conformes con las establecidas y homologadas por las autoridades competentes; podrán ir dotados de sistemas de comunicación o cámaras de seguridad; el tapizado de los vehículos deberá encontrarse en buen estado; la realización de cualquier modificación en el vehículo que afecte a cualquiera de sus características, además de cumplir los requisitos exigidos en el presente Reglamento, deberán contar con las autorizaciones que dependan de los órganos competentes en materia de Industria y Tráfico, y tiene que ser comunicadas a la Administración Municipal.

Por otro lado, el artículo 105 cambia para la adaptación de los vehículos que prestan el servicio de autotaxi en Mogán a la nueva imagen corporativa del Ayuntamiento así como a sus logos. También se propone la modificación del 136, referido a la “explotación de la licencia de Autotaxis requisitos”, añadiendo un nuevo apartado en el que se establece que la mera presentación de la comunicación previa acompañada de la preceptiva documentación será título válido para el inicio de la actividad desde el día de su presentación.

Los artículos 150 y 152 se modificación para adecuar el texto a los distintos pronunciamientos judiciales que se han dictado en torno a los requisitos para poder ser conductor/a de taxi y concretamente con respecto a la consideración de los antecedentes penales como requisito para ejercer la actividad.

Por último se modifica el 155, referido a los uniformes de los y las conductoras, respondiendo así a la petición de la Cooperativa de Autotaxis de Mogán. En concreto, se propone que en casos de altas temperaturas se permita vestir el uniforme de verano, aún estando en temporada de invierno. Además, se definen las  prendas en concreto,  dado que las hasta ahora enumeradas en el Reglamento ya no se encuentran en el mercado.

El acuerdo será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la web  municipal así como en el Boletín oficial de la Provincia durante un plazo mínimo de treinta días, dentro de los cuales las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Aprobación del gasto plurianual para la construcción y explotación de la desaladora de Playa de Mogán

En en orden del día también se incluyó la aprobación del gasto plurianual correspondiente al contrato para la construcción y explotación, en régimen de concesión de obra pública, de la desaladora de Playa de Mogán mediante su ampliación. La entidad que resulte adjudicataria ostentará la concesión por un periodo de 15 años y, por tanto, dado que el gasto plurianual que se plantea supera los cuatro años, tiene que ser aprobado por el Pleno.  El gasto, dividido en 15 cuotas, asciende a 12.144.899,62 euros.

El objetivo de la ampliación de la desaladora, que pasaría de producir 1.800 a 3.000 metros cúbicos por día, es cubrir la demanda hídrica de los núcleos urbanos del Valle de Mogán, que ha aumentado y prevé seguir haciéndolo a futuro en base al desarrollo urbano que experimenta.

El asunto ha sido aprobado con el voto a favor del Gobierno local y la abstención de los grupos de la oposición.

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