Jorge Rodríguez: “Más pronto que tarde, Soria tendrá que rendir cuentas”

PRENSA GOBIERNO (22-08-2014)

En opinión del viceconsejero, “a falta de argumentos, y visto el fracaso de sus presiones para manipular a la opinión pública, Soria recurre a su manido y reiteradamente desacreditado arsenal de embustes.

Jorge Rodríguez: “Más pronto que tarde, Soria tendrá que rendir cuentas”

El viceconsejero de Presidencia del Gobierno de Canarias, Jorge Rodríguez, ha valorado  las últimas manifestaciones del ministro de Industria, José Manuel Soria, señalando que “más pronto que tarde, tendrá que rendir cuentas por su apasionada posición respecto a las prospecciones petrolíferas, sus mentiras y su desprecio por el sentir mayoritario del pueblo canario”.

En opinión del viceconsejero, “a falta de argumentos, y visto el fracaso de sus presiones para manipular a la opinión pública, Soria recurre a su manido y reiteradamente desacreditado arsenal de embustes. Ni Rivero le ha confesado jamás, ni en público ni en privado, que esté a favor de las prospecciones; ni CC llevaba en su programa el ‘sí’ al petróleo; ni la consulta es ilegal”.

En este sentido, Rodríguez recuerda que “en la página 121 del programa electoral de CC para las elecciones autonómicas de 2011 se dice textualmente:

X  En el plano competencial, por un lado, se debe atribuir a la Comunidad Autónoma nuevas competencias sobre materias de gran interés para el futuro del Archipiélago (prospecciones petrolíferas, gestión de puertos y aeropuertos, transporte aéreo interinsular, mercado audiovisual, costas, seguridad, competencias relacionadas con la acción exterior del Archipiélago, etc.); y, por otro, el nuevo Estatuto ha de establecer una nueva metodología en la distribución de competencias que corrija los problemas que tradicionalmente se han originado entre el Estado y la Comunidad Autónoma en la interpretación del alcance de sus títulos competenciales”.

“Es decir, que ni de lejos se apuesta por la explotación de petróleo en las Islas, sino que se reclama las competencias en este ámbito. Competencias que pueden servir, por ejemplo, para prohibir dicha actividad”, advierte el viceconsejero.

“¡Y, claro que son de “gran interés”!” –remarca Rodríguez- “De hecho el rechazo a esas prospecciones ha provocado las mayores movilizaciones institucionales y sociales de la historia de la Autonomía”.

Por otro lado, en relación a la consulta que promueve el Ejecutivo, reitera el viceconsejero, ésta “se atiene estrictamente al marco constitucional y se encuentra amparada por las siguientes leyes:

Constitución Española

Artículo 92

1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.

2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.

3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.

Estatuto de Autonomía de Canarias  

Reglamento del Parlamento de Canarias

Título XXI

Artículo 32
 Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias el desarrollo legislativo y la ejecución en las siguientes materias: 
 5. Sistema de consultas populares en el ámbito de Canarias, de conformidad con lo que disponga la Ley a la que se refiere el artículo 92.3 de la Constitución y demás leyes del Estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria.

De las consultas populares en el ámbito de Canarias

Artículo 203.

1. Requerirán la aprobación previa de la mayoría absoluta del Parlamento de Canarias las solicitudes del Gobierno para las convocatorias, en el ámbito territorial de Canarias, de consultas populares vía referéndum sobre cuestiones políticas de especial trascendencia.

2. La solicitud, dirigida por el Gobierno al Parlamento de Canarias conteniendo los términos exactos de la consulta, así como el ámbito territorial de la misma, será debatida en el Pleno de la Cámara. El debate y su posterior votación se ajustarán a las normas previstas para los de primera lectura.

3. La decisión del Parlamento de Canarias será comunicada por el Presidente de la Cámara al de la Comunidad para, en el caso de resultar afirmativa, su posterior remisión al órgano estatal competente para la autorización de la celebración del referéndum, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.5 del Estatuto de Autonomía de Canarias.

Rodríguez recuerda también “el reconocimiento de los accionistas de Repsol de presiones por parte del operador, el Ministerio de Industria, ante un proyecto, las prospecciones en Canarias, que no son de especial relieve estratégico para la compañía”.

Según el viceconsejero, “esto es algo incomprensible en un Estado democrático, pero aún más en una persona que, a pesar de haber nacido en nuestras islas, patrocina e impone con soberbia y deprecio una actividad enormemente perjudicial para el futuro de nuestra tierra y de nuestra gente”.

“Si hay alguien instalado en la mentira, ésos son Soria, el PP y Repsol. Los canarios estamos informados. Canarias seguirá luchando en todos los frentes posibles para paralizar las prospecciones. La consulta es legal y se hará”, concluye el viceconsejero.

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