La FEHT rechaza la decisión del Cabildo sobre los criterios de rehabilitación en el Oasis de Maspalomas

PRENSA FEHT (28-07-2014)

Todas las asociaciones miembros de la FEHT apoyan y secundan de forma unánime este manifiesto, en el que considera que la Corporación Insular maneja a su conveniencia difusos y muy controvertidos datos históricos.

La FEHT rechaza la decisión del Cabildo sobre los criterios de rehabilitación en el Oasis de Maspalomas

La Feht, por medio de los Presidentes de las Asociaciones que la conforman, quieren poner de manifiesto su más firme rechazo a los criterios, aprobados por el Cabildo Insular de Gran Canaria, contenidos en el Anexo III, del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la citada Corporación Insular, de 27 de marzo de 2014, que habrán de regir las futuras intervenciones en la zona del Oasis de Maspalomas, afectada por el Expediente BIC, incoado por aquélla, en caso de que dicho Expediente sea definitivamente aprobado por el Gobierno de Canarias, lo que habría de acontecer antes del próximo 10 de agosto del presente año.

La Feht considera que la Corporación Insular maneja a su conveniencia, difusos y muy controvertidos datos históricos, como es la presunta presencia de Colón en la zona del Palmeral del Oasis de Maspalomas, posición puesta de manifiesto con absoluta claridad, por la Consejera de Cultura del Gobierno de Canarias, Doña Inés Rojas, con ocasión de la sesión del Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias celebrada el pasado día 24 de julio, con la única finalidad de paralizar una específica actuación de rehabilitación en la citada zona, apoyándose en una compleja amalgama de argumentos, de fácil calado en la sensibilidad de la opinión pública, como es la protección de una serie de valores naturales y medioambientales, que a la postre han servido para justificar la aplicación de un entramado de criterios de corte urbanístico.

Convendría que el Cabildo, y concretamente su Presidente, aclarase si lo que verdaderamente pretende es la rememoración de un hecho histórico; la protección de una serie de valores paisajísticos (recordemos que éstos ya cuentan con la debida protección a través de una serie de instrumentos, como es el caso del Plan Director de la Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas) o, acaso, reordenar la actividad económica de la zona, en claro perjuicio de las empresas que actualmente están ubicadas en la misma, que además está absolutamente consolidada urbanística y comercialmente.

Las limitaciones que la Corporación establece para la zona exceden de la protección de la que, en su caso, sería merecedor un hecho histórico puntual como la arribada de un concreto personaje, donde los tintes de ordenación urbanística sobre el ámbito de la BIC, impregnan de manera sorprendente y desproporcionada, los criterios propuestos por la Corporación Insular.

Al margen de lo incomprensible que es ya de por sí el que se impida la demolición de un hotel obsoleto, para la construcción de otro en el mismo sitio, con la categoría de gran lujo, lo es siquiera aun más el que se cercenen las posibilidades de rehabilitación de los establecimientos existentes en la zona, impidiendo toda rehabilitación (que no nueva construcción) que sobrepase la cota superior del segundo forjado del edificio del Faro de Maspalomas. ¿Quizá es porque la Corporación pretende llevar de forma irremisible a la demolición de establecimientos como el propio Hotel Oasis Maspalomas o el Hotel Palm Beach?

Llama la atención el hecho de que la propuesta del Cabildo confiera prioridad a la actividad comercial sobre la actividad turística alojativa, al considerar a esta última, y además a la residencial ubicada en la zona, alejadas, según se refiere de forma expresa, del objetivo de recuperación y mantenimiento de los valores históricos y naturales.

En tal sentido, la propuesta del Cabildo impide la demolición de un establecimiento turístico obsoleto y la construcción de uno nuevo en sustitución del anterior, aun limitado en altura, pese a que el segundo suponga un manifiesto incremento de calidad respecto al primero; impide igualmente la reubicación de un establecimiento turístico que se demuela para su reubicación en otro lugar dentro de la zona objeto del Expediente BIC. En la misma línea, ¿Qué se debe interpretar por que resulte compatible la demolición de un establecimiento turístico para su transformación en otro uso? ¿Acaso la posibilidad de ubicar en dicha localización un complejo  comercial? ¿Qué tiene que ver toda la reordenación económica que plantea el Cabido en su documento, con la rememoración de un presunto hecho histórico y, aún más, con la pretendida protección de un paisaje. ¿Acaso se está dando prevalencia a otros intereses que no somos capaces de discernir en estos momentos?

Pero el documento de criterios que propone el Cabildo al Gobierno de Canarias, que nos ocupa, además refleja un nivel de intervencionismo que no se alcanza a entender. Obliga a un establecimiento tan emblemático (en sentido amplio) como el Palm Beach, claro ejemplo de calidad hotelera, a redimensionar espacios y accesos por mor de no se sabe a cuenta de qué criterio histórico merecedor de protección, afectando igualmente a los establecimientos extrahoteleros ubicados en las inmediaciones de dicha actuación, todo lo cual entra de lleno en una clara situación de  conflicto en el ámbito de reservas competenciales con disposiciones normativas de carácter sectorial de la Comunidad Autónoma. 

No podemos dejar de hacer reseñas a las evidentes consecuencias indemnizatorias de difícil cuantificación, que consideramos la Corporación Insular no ha tenido en consideración, a la vista de lo actuado desde la incoación del Expediente, aspecto éste de vital importancia en caso de que las acciones judiciales planteadas por los afectados directamente llegaren a prosperar.

Hacemos desde la FEHT una llamada de atención a la opinión pública y a los grupos ecologistas en particular, lo controvertido que supone una pretendida defensa de valores medioambientales y paisajísticos, como trata de argumentar el Cabildo de Gran Canaria, con  el hecho de permitir nueva ubicación de centros comerciales en la zona presuntamente a proteger.

Los argumentos que hemos esgrimido, aparte de consideraciones jurídicas, son de sentido común y precisamente por ello es por lo que estamos convencidos que el Gobierno de Canarias habrá llegado a la misma convicción, lo que llevará sin duda a rechazar de plano la propuesta del Cabildo Insular de Gran Canaria, en una decisión responsable y adoptada en aras del interés general.

  • Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas - Fernando Fraile
  • Asociación de Empresarios Hoteleros de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura - José Mª Mañaricua
  • Asociación de Empresarios de Alojamientos Turísticos de Las Palmas - Theodorus Smulders
  • Asociación de Empresarios de Bares, Cafeterías y Restaurantes de Las Palmas - Fernando Company Cera
  • Asociación de Empresarios de Salas de Fiesta, Salas de Baile, Discoteca y Ocio de Las Palmas - Antonio Márquez López
  • Asociación Gran Canaria Natural - Mª Luisa Carratalá García
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