
La Federación Canaria de Ocio y Servicios FECAO, ha anunciado que ha puesto en manos de su asesoría jurídica la posible impugnación de la Mesa Sectorial de Sanidad que se pretende constituir, una vez pasada la Semana Santa al considerar que lo "lógico y habitual" es que, primero, se constituyan los sectores de restauración, Pub, ocio nocturno y el sector del juego que están representados por esta Patronal. El reconocimiento constitucional expreso del “sindicato” -y de su “compañero de viaje” inseparable, las “organizaciones empresariales”- como sujeto preferente -arts. 7 y 28 en relación a los arts. 10.2 y 96 CE, de un lado, y 129 CE de otro- de defensa de los intereses socio-económicos y profesionales del conjunto de la población trabajadora, implicaba la institucionalización del concepto de “representatividad socio-profesional sindical”, desbordando, desde el máximo nivel jurídico (axiológico y normativo), la técnica de “representación voluntaria”, típica del Derecho privado. Sin embargo, no por ello se hacía lo mismo, a diferencia de otras experiencias del Derecho Constitucional.
" En el acto anunciado por el Gobierno en el día de hoy. Es como si se eligiese al presidente del Gobierno sin haberse constituido las Cortes. “La constitución de la Mesa debería haberse retrasado hasta que el Gobierno regional hablase con otras patronales del sector ya que son quiénes gozan de la legitimidad de los votos, y no éste", ha señalado en un comunicado la Presidenta Bárbara Cabrera.
Por ello, LA FEDERACION CANARIA DE OCIO Y SERVICIOS FECAO ha encargado a su asesoría jurídica la posible impugnación de la constitución de la Mesa Sectorial que, además, abordó temas a espaldas del sector de "especial importancia" como la apertura, cierre, medidas higiénicas sanitarias, sin escuchar a los afectados reales y no un grupo adjunto a la federación de hostelería, que apenas llegan al centenar de socios vulnerando los derecho constitucionales de legitimidad y representatividad que mantiene FECAO y que se podría demostrad en cualquier Juzgado.
La institucionalización de esta técnica no sólo como (1) forma de verificación- acreditación sino también, y sobre todo, de (2) selección-diferenciación máxima de las respectivas capacidades de defensa colectiva (reivindicación, protección y promoción) de los intereses de los empresarios, en cuanto “sujetos productores” y como “personas” y “ciudadanos”, responde a una muy concreta opción de política del Derecho Sindical Legislativa.
En todo caso, es pacífico reconocer que la manifestación de Sanidad, no sorprendió la confianza de los actores sino que la institucionalizó, formalizando el modelo de representatividad selectiva decantado por el éxito del proceso de concertación social precedente y de forma implícita. Ésta legitimó esa opción, con lo que dio alas a esa opción por una mayor representatividad fuertemente selectiva NO. Pero es igualmente claro que no se está ni ante un mandato constitucional inequívoco ni ante una realidad estática, pues si ese modelo fuertemente selectivo no es el único compatible con nuestra cultura y con nuestra experiencia también expresa una notable capacidad de evolución (transición democrática desde el modelo autoritario de algunas patronales; “procesos de concertación social”) no dando voz a las que de verdad están legitimadas pero censuradas