Duro golpe a la discriminación del personal temporal en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana

SANTA LUCIA (06-02-2022)

Duro golpe a la discriminación del personal temporal en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana

Una Sentencia tumba la discriminación del personal municipal que ha trabajado menos de un año, abriéndoles la puerta a reclamaciones de cantidad que podrían superar los 1.500 euros por persona.

La Sección Sindical de SEPCA en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana lleva años denunciando la discriminación que existe con determinado personal temporal.

Nueva Canarias con el apoyo de un sindicato, lleva años obstaculizando el acceso de determinados derechos al personal municipal proveniente de los Planes de Empleo Social mediante la inclusión del condicionante “un año de antigüedad” en el Convenio Colectivo del Personal Laboral y el Acuerdo del Personal Funcionario.

Este condicionante no permite que el personal municipal proveniente de Planes de Empleo Social tenga acceso a determinadas ayudas sociales, a no descontarles por los primeros días de baja por enfermedad y al cobro de un complemento de productividad, derechos de los que sí disfruta el resto de personal municipal.

Sin embargo, el personal funcionario interino que transcurrido el año continúa prestando servicios en el Ayuntamiento, está reclamando con efectos retroactivos estos derechos, siéndoles reconocidos y pagados.

Recientemente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de las Palmas de Gran Canaria, a raíz de la demanda interpuesta por el partido político Agrupación de Vecinos de Santa Lucía de Tirajana, ha dictado una Sentencia que anula el condicionante discriminatorio de temporalidad en el cobro del Complemento de Productividad.

En la demanda contra el Ayuntamiento se personó el Sindicato CCOO y algunos/as funcionarios/as, [algunos/as de estos/as con designaciones “a dedo” en Jefaturas con Sentencias que anulan sus nombramientos], para defender la discriminación denunciada, resultando que en el camino muchos de estos funcionarios/as, [mayoritariamente sin designaciones “a dedo” en Jefaturas], desistieron de continuar, previsiblemente al descubrir cual era el fondo del asunto.

La Sección Sindical de SEPCA interpreta que eliminar la discriminación no perjudica en absoluto al resto de personal municipal, pues en la actualidad, este Grupo de Gobierno dispone en sus Presupuestos de “un colchón de más 3.000.000 euros” dispersos en plazas dotadas económicamente que nunca se ocupan.

La Sección Sindical de SEPCA no comprende como un sindicato defiende la discriminación en los derechos de trabajadores/as que provienen de situaciones de vulnerabilidad social, resultando que en los Planes de Empleo Social, además de personas vulnerables, han sido contratados en todos estos años parejas de concejales y  parejas de trabajadores/as municipales, incluso personas que con posterioridad han sido concejales/as o lo siguen siendo

Esta reciente Sentencia dictada como consecuencia de la demanda interpuesta por el partido político Agrupación de Vecinos de Santa Lucía de Tirajana, abre la puerta a que se pueda reclamar con efecto retroactivo las cantidades no percibidas, hasta 1 año al personal laboral y 4 años al personal funcionario, permitiendo recuperar ese derecho a todas las personas que hayan trabajado en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana y hayan sido discriminadas por temporalidad.

La Sección Sindical de SEPCA se pone a disposición de todas estas personas para asesorarles en la defensa de sus derechos pudiendo contactar mediante los teléfonos y dirección de correo electrónico que constan en la página web santalucia.sepca.es.

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